Preguntas frecuentes

Desde el Grupo Altmaesports LEADER te asesoramos y ayudamos a desarrollar la idea de tu proyecto, así como orientarte sobre cómo llevarlo a cabo.

¿Quién puede ser beneficiario de las ayudas LEADER?

Las personas físicas o jurídicas de carácter privado, las agrupaciones sin personalidad jurídica, Las entidades públicas (Ayuntamientos, Mancomunidades y Entidades Locales Menores), asociaciones sin ánimo de lucro y el propio GAL.

¿Existe alguna convocatoria abierta actualmente?

Las convocatorias dependen de la Conselleria y no tienen calendario fijo, pero suele tener un frecuencia de 1 convocatoria por año.

¿Puedo ser beneficiario si ya tengo mi proyecto en marcha?

Si, hay ayudas para mejora de empresas.

¿Qué requisitos tengo que cumplir para optar a las ayudas?
  1. Estar dentro del tipo de beneficiarios que permite la Orden
  2. Tener una idea de negocio o proyecto
  3. Contar con una convocatoria abierte
¿Qué municipios forman parte del GAL ALTMAESPORTS LEADER?

Los municipios que están dentro de nuestro ámbito de acción son: Albocàsser, Ares del Maestrat, Benassal, Castell de Cabres, Castellfort, Catí, Cinctorres, Culla, Forcall, Herbés, La Mata, Morella, Olocau del Rey, Palanques, Portell, Todolella, Torre D’En BesoraVallibona, Vallibona, Vilafranca del Cid, Vilar de Canes, Villores, Zorita del Maestrazgo.

¿Qué es el enfoque LEADER?

El ENFOQUE o MÉTODO LEADER es un método diferente y alternativo de intervención en el territorio frente al método tradicional de las Administraciones Públicas. Sigue el modelo ascendente, “de abajo arriba”, lo que permite que el propio territorio se organice y autogestione su desarrollo organizándose en una entidad que garantice la asociación de los sectores públicos y privados, la libre adhesión y el funcionamiento de sus órganos: el GRUPO DE ACCIÓN LOCAL. Este es el responsable de diseñar una estrategia de desarrollo y ejecutarla con unos fondos públicos que se asignan para esta finalidad.

LEADER ha sido un importante componente del desarrollo rural de la Unión Europea desde los años 90. Desde 2014 ha evolucionado hacia el Desarrollo Local Participativo. Por eso, LEADER es una herramienta esencial para la dinamización y el emprendimiento en el medio rural.

Los siete principios sobre los que se asienta esta metodología son el enfoque ascendente; las estrategias territoriales de desarrollo; la colaboración público privada; las actuaciones integradas y multisectoriales; la innovación; la cooperación; y la conexión en redes.

¿Quiénes integran el GAL ALTMAESPORTS LEADER?

Actualmente esta asociación esta formada por 48 socios, 25 públicos, Ayuntamientos y Mancomunidades de las comarcas del Alt Maestrat, Els Ports y Baix Maestrat, así como 23 socios privados. 

¿Cómo se organiza el GAL y dónde se ubica?

Todos los socios son miembros de la Asamblea General del GAL, que es el máximo órgano representativo y deliberante. La Junta Directiva, por su parte, es el órgano ejecutivo y rector de la Asociación, y está formado por un presidente, tres vicepresidentes, un secretario,un tesorero y hasta doce vocales.

Por otra parte, la oficina técnica está formado por el Gerente, liderando el equipo desde la subsede sita en La Torre D’En Besora, y la administrativa, ejerciendo sus funciones desde la sede en Cinctorres.

¿Cómo se valoran los proyectos?

El procedimiento de selección de los proyectos se basa en una doble baremación :

    1. Criterios de exclusión, analizados por el equipo técnico:
      1. Viabilidad económica, financiera y técnica en el caso de proyectos productivos.
      2. Viabilidad financiera y técnica en el caso de proyectos no productivos.
      3. Coherencia con las medidas de la EDLP.
    2. Criterios de selección., analizados por la Junta Directiva:
¿Qué es la ruralidad?

El grado de RURALIDAD es un indicador que se obtiene del estudio de varios criterios, que vienen definidos en la ORDEN 5/2016, de 11 de abril, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se convoca y regula la selección de los Grupos de Acción Local LEADER 2014-2020 y de las estrategias de desarrollo local participativo:

Criterios Puntuación

Densidad de Población <101 hab/km2

Menor o igual a 50 hab/km² 12 p.

Entre 51 y 100 hab/km²  6 p.

 

Población

Menor o igual a 500 hab. 12 p.

Entre 501 y 1.000 hab. 7 p.

Entre 1.000 y 1.500 hab. 4 p.

 

Índice de envejecimiento de la población (respecto a la media de la Comunitat Valenciana)

Mayor o igual al 70% de la media 12 p.

Mayor o igual al 40% de la media 7 p.

Mayor o igual a la media y menor al 40% 4 p.

 

Especialización en el sector primario

Empleo en el sector primario mayor al 20% 12 p.

 

Municipios con áreas integradas en espacios naturales protegidos

Red Natura 2000 10 p.

Parque Natural – Reserva Natural 7 p.

Paraje Natural – Paisaje Protegido – Espacios Protegidos por instrumentos internacionales 4 p.

Resto espacios naturales protegidos 2 p.

 

Asistencia médica: centro de salud

Sin centro: 10 p.

Con centro: 0 p.

 

Dotación escolar básica: centro con ciclo formativo de primaria

Sin centro: 10 p.

Con centro: 0 p.

 

Municipios situados en zonas de montaña

Zona de montaña 12 p.

 

Distancia a cabeceras de comarca

Menor o igual a 15 km 0 p.

Mayor a 15 km 10 p.

 

Total

100

 

Tras aplicar lo anterior, los municipios que integran el GAL ALTMAESPORTS LEADER obtendrían la siguiente ruralidad:

Municipio Ruralidad

Albocàsser

38
Ares 100
Benassal 70
Castell de Cabres 100
Castellfort 100
Catí 85
Cinctorres 80
Culla 95
Forcall 65
Herbés 100
La Mata 100
Morella 46
Olocau del Rey 90
Palanques 100
Portell 100
Todolella 100
La Torre d’En Bessora 90
Vallibona 88
Vilar de Canes 90
Vilafranca del Cid 56
Villores 90
Zorita del Maestrazgo 100

 

¿Cuál es la ayuda máxima que puede recibir un proyecto?

Las ayudas que se conceden dentro del programa LEADER tienen unos límites máximos, tanto en lo que se refiere al porcentaje, como a la cuantía de la subvención.

¿Cómo puedo presentar mi solicitud?
Presencial
  • En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
  • En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
  • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Y, preferentemente, en:

REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
C/ DE LA DEMOCRÀCIA, 77. CIUTAT ADMTIVA. 9 D’OCTUBRE-EDIFICI A
46018 València

Por internet

A través del enlace correspondiente: https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html? tramite=DGM_SUB_SUGUS&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=19396

¿Qué documentación tengo que presentar?

La convocatoria distingue dos etapas de presentación de documentación. Una primera etapa que comprende dos fases, la primera desde el momento de la solicitud de ayuda y el momento de la concesión de la misma, y la segunda tras la notificación de la concesión de la ayuda, y una segunda etapa en la que una vez realizada la inversión se solicita el pago de la ayuda.

  • Documentación mínima obligatoria para la aprobación de la ayuda.
    En esta etapa se requerirá documentación en dos momentos:

    A) Documentación a aportar en el momento de la SOLICITUD DE AYUDA.

    Modelo normalizado de Solicitud de la ayuda debidamente cumplimentado.
    El modelo de solicitud de ayuda consta de apartados diferenciados en los que se debe de marcar con una X la documentación que, según los casos, se aporta:

    1. Declaraciones responsables que deben de marcarse según proceda en cada caso.

    2.Documentación a aportar por todas las posibles personas beneficiarias. (Anexo II de la Orden 13/2018).

    2.1. Común a todas personas beneficiarias
    Modelo de datos básicos del proyecto
    Modelo de indicadores sociales y de empleo
    Modelo de declaración de subvenciones solicitadas o concedidas por organismos públicos o privados para el mismo objeto (ayudas concurrentes).
    Modelo de declaración de ayudas de minimis.
    Modelo normalizado de domiciliación bancaria.

    2.2. Específicos (únicamente para empresas)
    Modelo de declaración de la condición de pyme.
    Modelo de Plan empresarial y estudio de viabilidad (para creación de empresas no agrícolas en zonas rurales)
    Modelo de Plan empresarial y estudio de viabilidad (para creación e inversiones en empresas agroalimentarias, e inversiones en empresas no agrícolas)
    Modelo aprovisionamiento materias primas (empresas agroalimentarias)
    Modelo comercialización de productos acabados (empreas agroalimentarias)
    Modelo de declaración responsable del cumplimiento de la normativa sobre medio ambiente (empresas agroalimentarias)

    B) Documentación a aportar una vez notificada la CONCESIÓN DE LA AYUDA.

    Mediante requerimiento se solicitará a las personas beneficiarias de los proyectos/actuaciones la siguiente documentación, en función del tipo de beneficiario (Anexo IV: Fase 2 de la Orden 3/2018):
    1. Documentación para personas físicas y jurídicas de naturaleza privada.
    2. Documentación para entidades públicas.

  • Documentación a adjuntar en la fase de JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA.

Una vez realizada la inversión, para el pago de la ayuda se deberán presentar la siguientes documentación:

Modelo normalizado de Solicitud de pago de la ayuda debidamente cumplimentado
El modelo de solicitud de pago consta de apartados diferenciados en los que se debe de marcar con una X la documentación que, según los casos, se aporta.

1. Declaraciones responsables que deben de marcarse según proceda en cada caso.

2.Documentación a aportar por todas las posibles personas beneficiarias. (Anexo II de la Orden 13/2018).
2.1.Común a todas personas beneficiarias

Modelo de cuenta justificativa (personas beneficiarias privadas)
Modelo de cuenta justificativa (personas beneficiarias públicas)
Modelo de indicadores sociales y de empleo
Modelo de declaración de subvenciones solicitadas o concedidas por organismos públicos o privados para el mismo objeto (ayudas concurrentes).
Modelo de declaración de ayudas de minimis.
Modelo normalizado de domiciliación bancaria.

2.2. Específicos (únicamente para empresas)
Modelo de declaración de la condición de pyme.

¿Las ayudas LEADER son compatibles con otras ayudas?

Las ayudas que se otorgan dentro de este programa son incompatibles con las ayudas cubiertas por cualquier otro instrumento financiero de la Unión Europea, por otro eje del FEADER o por las organizaciones comunes de mercado.

Sin embargo, sí serán compatibles con aquellas convocadas por la Administración Pública, así como entidades públicas o privadas. En todo caso la normativa en este apartado es extensa por lo que se recomienda consultar cada caso.

¿Sería subvencionable la adquisición de inversiones de segunda mano?

No. La adquisición de maquinaria y bienes de equipo usados o de segunda mano, ni el arrendamiento de maquinaria y bienes de equipo  son subvencionables.